ESTÁNDAR OFICIAL FCI
El estándar oficial de la raza Jack Russell Terrier es una descripción por escrito del ejemplar ideal de dicha raza. Su objetivo es detallar las características deseables, tanto físicas (apariencia, proporciones, pelo, tamaño, color correcto de la raza, etc.) como psíquicas (temperamento, comportamiento), para así asegurar la conservación del tipo racial y garantizar que la raza sea apta para su función.
Los criadores usan el estándar como objetivo a conseguir y los jueces lo usan para valorar la calidad de los perros en las exposiciones y concursos o para determinar si un perro cumple con las características típicas de la raza. Así el tipo se mantiene constante con el paso del tiempo.
ESTÁNDAR OFICIAL DE LA RAZA JACK RUSSELL TERRIER
Estándar F.C.I. nº 345 / 05.12.2012 / ES
Origen: Gran Bretaña.
País de desarrollo: Australia.
Fecha de publicación del estándar original válido: 08.10.2012.
Utilización: Un buen Terrier de trabajo con la habilidad de ir a la tierra. Un excelente perro de compañía.
Clasificación F.C.I.:
Grupo 3 - Terriers.Sección 2 - Terriers pequeños.Prueba de trabajo opcional.
BREVE RESUMEN HISTÓRICO: El Jack Russell Terrier originado en Inglaterra hacia 1800. Gracias a los esfuerzos del Reverendo John Russell. El desarrolló un estilo de Fox Terriers que se adecuaba a sus necesidades, las de un perro que corriera con sus foxhounds y que también pudiera lanzarse a la tierra por el zorro y otras presas. Estos comprendían dos variedades básicamente con estandares similares, excepto por alguna diferencia, principalmente en altura y proporciones, el más alto, construido más cuadrado, conocido como el Parson Russell Terrier y el más bajo, ligeramente más largo, es conocido como el Jack Russell Terrier.
APARIENCIA GENERAL: Un terrier de trabajo fuerte, activo, de gran carácter, con cuerpo flexible, de largo medio. Su hábil movimiento va con su aguda expresión. El corte de cola es opcional y el manto puede ser corto, duro o quebradizo.
PROPORCIONES IMPORTANTES:
El perro en su conjunto es más largo que alto, es decir rectangular.
La profundidad del cuerpo de la cruz al pecho debe ser igual al largo de la pierna delantera del codo al suelo. La periferia detrás de los codos debe ser de 40 a 43 cm.
TEMPERAMENTO / COMPORTAMIENTO: Terrier vivaz, alerta y activo, con una expresión aguda e inteligente. Audaz e intrépido, amigable pero silenciosamente seguro.
CABEZA
REGIÓN CRANEAL:
Cráneo: El cráneo debe ser plano y de ancho moderado, decreciendo su ancho gradualmente hacia los ojos y adelgazándose hacia un hocico ancho.
Depresión fronto-nasal (Stop): Bien definida pero no pronunciada.
REGIÓN FACIAL:
Trufa: Negra.
Hocico: El largo desde el stop a la trufa debe ser levemente más corto que el del stop al occipucio.
Labios: Ajustados y pigmentados en negro.
Mandíbulas / Dientes: Muy fuertes, profundas anchas y poderosas. Dientes fuertes cerrando en tijera.
Ojos: Pequeños oscuros y con expresión aguda. No DEBEN ser prominentes y deben tener los párpados bien adheridos. El borde de los párpados debe estar pigmentado en negro. Almendrados.
Orejas: Orejas semicaídas o caídas hacia adelante tapando el conducto auditivo externo, de buena textura y gran movilidad.
Mejillas: Los músculos de las mejillas deben ser bien desarrollados.
CUELLO: Fuerte y limpio permitiendo portar la cabeza con equilibrio.
CUERPO
Línea superior: Nivelada. El largo desde la cruz a la inserción de cola es algo mayor que la altura a la cruz.
Lomo: La región renal debe ser corta, fuerte y muy musculada.
Pecho: Pecho más profundo que ancho, con buena claridad desde el piso, permitiendo que el pecho esté a la mitad de la cruz al suelo.
Las costillas deben ser bien arqueadas desde la columna, aplanándose hacia los lados de modo que la periferia detrás de los codos pueda ser tomada por dos manos – aprox. 40 a 43 cm. Punto del esternón claramente delante del punto del hombro.
COLA: Puede bajarla en reposo. En movimiento debe estar erecta y si es cortada la punta debe estar al mismo nivel que las orejas.
EXTREMIDADES
MIEMBROS ANTERIORES:
Hombros (Escápulas): Bien inclinados y no muy pesadamente musculados.
Brazos (Húmero): De largo y angulación suficiente como para asegurar que los codos estén colocados bajo el cuerpo.
Antebrazos: Hueso recto del codo a los pies, visto de frente o de lado.
Pies anteriores: Redondos, fuertes, acolchados, no grandes, dedos moderadamente arqueados, sin girar hacia adentro ni hacia fuera.
MIEMBROS POSTERIORES:
Apariencia General: Fuertes y musculados, balanceados en proporción a las escápulas.
Rodilla: Bien angulada.
Corvejón: Cerca del suelo.
Metatarsos: Paralelos cuando son vistos de atrás y el ejemplar está parado libremente.
Pies posteriores: Redondos, fuertes, acolchados, no grandes, dedos moderadamente arqueados, sin girar hacia adentro ni hacia fuera.
MOVIMIENTO: Efectivo, libre y elástico.
MANTO
Pelo: Puede ser corto, quebradizo o duro. Debe ser resistente al agua.
Los mantos no deben ser alterados (arrancados) para que aparezcan como cortos o quebradizos.
Color: El blanco debe predominar, con marcas de color negro y/o fuego (tan). Las marcas fuego pueden variar desde el más pálido al más fuerte (castaño).
TAMAÑO Y PESO:
Altura ideal a la cruz: 25 cm a 30 cm.
Peso: El equivalente a 1 kg de peso por cada 5 cm de altura.
Ejemplo: un perro de 25 cm debe pesar aprox. 5 kg y un perro de 30 cm debe pesar 6 kg.
FALTAS:
Cualquier desviación de los criterios antes mencionados se considera como falta y la gravedad de ésta se considera al grado de la desviación al estándar y de sus consecuencias sobre la salud y el bienestar del perro y su habilidad para realizar su trabajo tradicional.
- Falta de verdaderas características Terrier.
- Falta de balance, ejemplo: sobreangulación de cualquiera de los puntos.
- Movimiento pesado o poco firme.
- Dentadura defectuosa.
FALTAS DESCALIFICANTES:
- Agresividad o extrema timidez.
- Cualquier perro mostrando claras señales de anormalidades físicas o de comportamiento debe ser descalificado.
N.B.:
- Los machos deben tener dos testículos de apariencia normal completamente descendidos en el escroto.
- Sólo los perros funcionalmente y clínicamente saludables, con la conformación típica de la raza, deberán usarse para la crianza.
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